Días de incertidumbre y terror para Gisella

 Días de incertidumbre y terror para Gisella

Gisella S. vive días de incertidumbre y terror ante una insólita decisión judicial que dejó a su agresor, A. M. R. L., en libertad al haber dispuesto el cese de detención domiciliaria que pesaba sobre él, en el marco de la causa que se le sigue por supuesta autoría del delito de lesiones leves agravadas de una mujer, cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de genero según obra en el expediente N° 20279 MPA/18, a cargo del Fiscal especializado en Violencia de Género Atilio Bossatti y de la jueza Mónica Cruz Martínez.

El cese de la detención domiciliaria de la que gozaba el imputado por decisión de este Juzgado viene a coronar una serie de irregularidades que resultaron en manifiestos beneficios para el imputado, siendo la resolución de prisión domiciliaria, en sí misma, una de las tantas excentricidades que se permitió el tribunal al tratar un caso tan delicado.

A M.R.L. se le otorgó este excepcional beneficio con la sola presentación de un certificado médico expedido por una médica pediatra, a pesar de NO haber sido visto por médicos o peritos forenses, a pesar de tener un informe psicológico bastante negativo y a pesar de la serie de lesiones gravísimas infringidas a la víctima, a pesar de la calificación  de «leves», que presentaba la mujer al realizar la última de las denuncias solicitando el amparo de la justicia.  Gisella presentaba una serie de contusiones por todo el cuerpo, predominantemente en el rostro, y la desviación del tabique nasal, de tal magnitud que estuvo inhabilitada laboralmente por al menos 30 días.

Debido a la cantidad de casos que tramita el juzgado y a la cantidad de peritos disponibles (2 psicólogos), lo normal es que un imputado en este tipo de causas permanezca detenido en un centro penitenciario por lo menos por tres o cuatro meses hasta ser vistos por los peritos y se determina el grado de peligrosidad.

Con R.L. la Justicia no solo fue llamativamente expedita, sino que tanto el fiscal como la jueza se tomaron extrañas licencias procesales.   Actualmente San Salvador de Jujuy tiene al menos 200 detenidos por violencia de género que no reciben semejantes beneficios ni tratos preferenciales.

A M. R.L. se le habilitó un certificado médico, expedido por SU PROPIA TIA, M. L., una especialista en PEDIATRIA, según obra en el expediente, quien, además, expidió certificado SIN haber tenido contacto con el detenido.  Y, para rematar, el cuadro clínico diagnosticado no era el idóneo como para justificar el beneficio de la detención domiciliaria.

Según consta el certificado firmado por la Dra., SIN haber tenido contacto físico con el detenido, R.L. padecía de alopecia de barba, gastritis crónica, micosis, colon irritable, cefalea, herpes y alergias varias.

La Ley 24660 contempla seis casos específicos, que distan mucho de un simple cuadro de stress como el diagnosticado por la Dra. interviniente, en los que se debe basar el juez para conceder el beneficio.  A saber, a) cuando la permanencia en un establecimiento del servicio penitenciario le impida al detenido tratar adecuadamente una enfermedad; b) cuando el detenido padezca una enfermedad terminal; c) cuando a un detenido con discapacidad el encierro le implique un trato inhumano; d) cuando un detenido supere los 70 años de edad; e) si se trata de una mujer embarazada; f) si se trata de una madre de un menor de cinco años o de una persona con discapacidad.

El texto legal, además, prevé que en los primeros tres supuestos debe existir un informe médico, psicológico y social que acredite esta dificultad para permanecer en la cárcel.

Además del ya mencionado certificado médico privado, cabe mencionar el ambiguo informe psicológico que consta en el expediente, firmado por la Licenciada Natalia E.J., perito judicial del patronato de liberados y encausados. Por un lado, dice que el señor R.L. padece de personalidad neurótica, incapacidad para sostener vínculos estables lo cual le lleva a generar dependencia.  Pero por el otro recomienda la detención domiciliaria como medio idóneo para que el agresor pueda superar el proceso desencadenado por el incidente, con la contención familiar.  Contemplación y complacencia pocas veces vista de parte de los peritos hacia los imputados por violencia de género.  Es decir que, cuando menos, el imputado debió haber sido internado en un establecimiento hospitalario mientras se tramita la causa, tanto por su bien como por el de su víctima.

Según se pudo averiguar, R.L. cuenta con un frondoso historial de violencia hacia sus parejas, incluyendo las madres de sus hijos.

En este punto Gisella se pregunta si hizo bien en denunciar a su agresor quien hoy camina impunemente en libertad mientras ella vive atemorizada de encontrárselo.  Destaca la víctima que recibió la debida contención de parte de los organismos de Paridad de Género, pero que es la Justicia, donde recurrió a pedir el amparo correspondiente, la que la hace sentir realmente insegura y desamparada. Gisella hoy se encuentra con custodia constante, atemorizada, mientras su agresor, si bien sigue imputado, goza del beneficio de la libertad representando un peligro grave y cierto para su víctima.

¿Será posible que la Justicia tenga tanta preocupación por un simple cuadro de stress en un imputado por violencia de género como para mandarlo a la casa, sin tener en cuenta que la detención del sujeto violento es también una medida de seguridad para la víctima?  ¿Por qué este buen trato y tanta celeridad para un caso y no para otros?

CRONOLOGÍA DE UNA RELACIÓN TÓXICA, ENFERMIZA Y VIOLENTA

Gisela S. y A.M.R.L. mantuvieron una relación bastante accidentada e interrumpida durante 7 meses.  Comenzaron a salir en septiembre del 2017.  Desde esa fecha hasta la separación definitiva se dieron idas y vueltas, siempre con la violencia física como desencadenante de separaciones esporádicas y vueltas tras las disculpas y promesas de cambios de parte del agresor.

Si bien Gisella pudo haber terminado con la relación mucho antes, R.L. la extorsionaba, «explotando sus sentimientos de culpa Y/O TEMOR por supuestos daños contra sí mismo, contactos y hasta acceso a armas, explotando de alguna manera los sentimientos de culpa que la enfermiza relación le hizo desarrollar.

En junio, Gisella volvió a darle una oportunidad luego de dos meses de separación, pero a las 48 horas se dio un nuevo episodio de violencia de tales dimensiones, que fue lo que motivó finalmente a Gisella a denunciar y buscar resguardo tanto para ella como para su hijo menor de edad.  La denuncia se realizó un 10 de junio y fue ratificada 48 horas más tarde ante la sensación de inseguridad y riesgo personal que corría.

Hay antecedentes de la violencia que vivía Gisella de parte de su ex pareja.  En el mes de enero, en vacaciones, ya había denunciado a R.L. en la provincia de Corrientes, cuando volvían de un viaje a las Cataratas.  A partir de allí volvieron y se separaron en dos oportunidades.

Los episodios de violencia siempre tuvieron por detonante elucubraciones sin fundamentos que se daban en el fuero interno de R.L..

En este sentido, refiere Gisella que ella sentía que su agresor se conducía como si fuese su propietario, ya que exigía explicaciones sobre su vida personal, aun de la de antes de haberlo conocido.

Estando de vacaciones en Cataratas a R.L.se le cruzó por la mente que entre Gisella y un amigo había existido en algún momento algún romance.  Las preguntas insistentes y la paranoia escalaron hasta que estallaron en violencia física.  En la extraña mente del imputado, él necesitaba escuchar una confesión de algo que había surgido en su propia imaginación, a pesar de no existir asidero en la realidad.

Durante la relación y aun en lapsos de separación, R.L. se preocupaba de hacerle saber a Gisella que la controlaba.  Mediante mensajes y llamados le hacía saber que estaba al tanto de sus movimientos diarios y cotidianos.

En la última reconciliación, que apenas duró 48 horas, el imputado volvió a incurrir en su rutina de preguntas al inquirir sobre lo que hizo Gisella durante el lapso de separación.  Quería saber si tuvo relaciones con alguien, o si alguien le «había tirado onda» o le había dicho algo.  Gisella se negó hasta que, ante su incesante insistencia le comento que un muchacho, I.P, a quien conoce desde hace años por motivos propios de la actividad comercial en que se desempeña, la había visitado en su comercio, para saludarla y enseñarle una campera que se había comprado y solo eso tenía por comentarle al respecto.

Una vez lograda la admisión, R.L. estalló en ira y comenzó con la RUTINA de lamentos sobre las decepciones que tuvo con todas las mujeres, escalando de los gritos a los insultos.  Gisella trató de retirarse.  Tomó a su hijo e intentó salir de la vivienda, para ser obstaculizada por el agresor quien comenzó, también, a dirigirse al niño en sus galimatías.  Entre las incoherencias que iba soltando llegó a decirle al niño que su madre era «una puta», que “estaba de novia con otro hombre” y que pronto iba a tener «otro papito llamado I.P.».

Gisella logró salir de la casa al tiempo que R.L. continuó insultándola a los gritos.  Caminó unas cuadras.  En todo momento recibía mensajes y llamados que no quiso atender.  Hasta que atendió y R.L. la convenció de quedarse a conversar.  Ella dice que en realidad se quedó para intentar calmarlo y razonar que lo mejor era terminar la relación de una vez por todas.  Ella temía que si no volvía él iría por su negocio, como ya había hecho antes, a montar una escena.

Se encontraron en un café céntrico.  En pocos minutos el agresor volvió a su rutina de infundadas letanías e inconducentes interrogatorios, dirigiéndose al niño y reiterándole que I.P iba a ser su nuevo papa.  Superada, se retiró del lugar con el niño y almorzaron en un restaurant cercano.

R.L. le dio alcance y siguió hostigándola.  Abrumada por la situación e intentando que su hijo no la vea en el estado en que estaba, se retiró a una escalera cercana a llorar.  R.L, que se había quedado en la mesa con el niño, lo enviaba cada tanto a llamarla hasta que en un momento fue en persona a decirle que el niño estaba en su vehículo.

Temiendo que suceda algo peor ella entró al vehículo.  El niño secundaba al hombre, insistiéndole que suba al mismo, asegurándole que todo ya había pasado, que ya se habían pedido las disculpas.  En este ínterin R.L. cambió repentinamente su comportamiento y comenzó de nuevo a disculparse por las escenas asegurando que no se repetirían-.

Se dirigieron al domicilio del agresor.  Allí, R.L. le sirvió la merienda al niño, como si nada hubiera pasado a la vez por momentos admitía que se había desubicado nuevamente… y comenzó con las promesas de siempre.  Convenció a Gisella de ir a recostarse para calmarse.  Gisella puso a su niño a dormir, y luego se quedó rendida ante el cansancio y la angustia, para ser despertada súbitamente a los golpes.

Mientras Gisella descansaba, el imputado se había puesto en contacto telefónico con I.P., para reclamarle por tener a Gisella como contacto.  Aparentemente se enfureció cuando el muchacho le dijo que ella misma le había dado el número de teléfono, aunque aclarándole en todo momento que entre ellos no existía absolutamente nada. Y fue así que mientras Gisella dormía, él la despertó a gritos y golpes exigiendo que se fuera de su casa.

Ella intentaba salir de la habitación, pero él se lo impedía a la vez que continuó propinándole una feroz golpiza.  Se montó sobre ella, tapándole el rostro con la almohada y llamó a I.P. para preguntarle quién le había dado el número de teléfono.  I.P., contestó nuevamente que se lo había dado ella, pero que solo eran amigos y que no había otra cosa.  Insistentemente, R.L. repetía la misma pregunta a I.P., y cada vez que él contestaba que se lo había dado ella, le destapaba el rostro y le asestaba un puñetazo.

Gisella logra zafarse, pero es atrapada en un pasillo.  Sosteniéndola de los pelos la obligaba por momentos a arrodillada como mayor humillación mientras era golpeada.  Volvió a llamar a I.P., esta vez para hacerle saber que la estaba golpeando y que pronto iría a golpearlo a él también.  R.L. quería que I.P. escuche cómo propinaba una tremenda paliza a la mujer.  Fueron tres los llamados realizados esa tarde a I.P., testigo auditivo de la violencia que sufrió Gisella, según consta en el expediente.

  1. L. llegó hasta la puerta de su casa y la cerró con llave.  Gisella intentaba convencerlo de calmarse, recordándole que estaba el niño.  El agresor se dirigió a la cocina de donde extrajo un enorme cuchillo que guardaba allí.  Gisella escapó hacia la habitación donde estaba el niño y tomándolo en brazos, comenzó a gritar con todas sus fuerzas por auxilio a la Policía, o a quien esté pasando por allí.

Por suerte para Gisella, ese día al parecer había una mudanza en el domicilio que fue, justamente, lo que la motivó a gritar y lo que finalmente frenó a R.L.  al percatarse de que efectivamente había gente alrededor de su casa y que los gritos podían haberse escuchado, finalmente dejó el cuchillo, abrió la puerta y la dejó salir. Ella salió como pudo, con lo puesto, y su hijo descalzo.

Finalmente, R.L. salió del domicilio abrió el baúl de su vehículo, extrajo las pertenencias de la mujer y el niño, las arrojó en la calle y se retiró del lugar.  Esto ocurrió en pleno centro de San Salvador de Jujuy, fueron quizás las peores 8 horas en la vida Gisella S.

R.L. fue detenido por la Policía 5 días después.  Para ese entonces ya tenía otra mujer conviviendo con él en el mismo domicilio donde días antes estuvo muy cerca de terminar con una vida, quizás dos.

Al día siguiente del episodio el hombre le envió un nuevo mensaje a la mujer diciéndole que LA EXTRAÑABA.  Cuando fue detenido dijo que los golpes en el rostro y cuerpo de la víctima se los había provocado ella misma.  Lo mismo le dijo a su familia.

Sin embargo, Gisella conserva mensajes en los que el agresor admite su crimen.  Además de que tres médicos, un forense y dos de policía determinaron que los golpes NO fueron autoinflingidos.

Luego de denunciar, Gisella fue sometida a una suerte de acoso por parte de la madre y hermana de su agresor.  La acusaron de haber cometido «una atrocidad» al denunciar y que debía «atenerse a las consecuencias».

Pero lo peor es ahora:  el saber que su agresor está en libertad recibiendo tratos diferenciales de parte de las autoridades.

 

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