La Justicia suspendió la vigencia de las ordenanzas 098/2016 y 099/2016

 La Justicia suspendió la vigencia de las ordenanzas 098/2016 y 099/2016

El superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la medida cautelar promovida por el intendente de ciudad Perico, Pascual Rolando Ficoseco, en contra de dos resoluciones emanadas del Concejo Deliberante, por graves violaciones a la Constitución Nacional, Provincial y Carta Orgánica Municipal, en que incurrió el bloque opositor al aprobar las ordenanzas 098 y 099/2016 en momentos en que el presidente del legislativo comunal debió estar al frente del ejecutivo por ausencia del intendente debidamente notificada.

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En la sentencia a la que tuvo acceso PERICO NOTICIAS, también se deja expreso que dichas ordenanzas quedan suspendidas en cuanto a sus efectos legales y vigencia en tanto se resuelva la acción de inconstitucionalidad, también promovida por el intendente.

Cabe recordar los graves incidentes ocurridos en el Concejo Deliberante de la ciudad , el pasado 17 de noviembre, fecha en la que  adherentes y simpatizantes del bloque opositor impidieron la notificación fehaciente de la comunicación del intendente y, aun conociendo noticia de la misiva en la que el intendente adelantaba su ausencia anoticiando al presidente del cuerpo para que este se haga cargo de la intendencia, Walter Cardozo procedió de todas formas a sesionar, aun con la ausencia de tres concejales, aprobando las ordenanzas sobre el Presupuesto para el cuerpo legislativo comunal para el 2017.

De la lectura de la sentencia, en la que los jueces citan jurisprudencia y doctrina que avalan el fallo, también surge la posibilidad de que el presidente del Concejo Deliberante haya incurrido en el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público al no haberse hecho cargo del ejecutivo comunal, tal como lo expresa el artículo 62 de la Carta Orgànica.

Justamente por este grave incumplimiento, la Justicia estimó que la sesión legislativa del día 17 de noviembre pasado quedó viciada de nulidad, y por tanto se hizo lugar al amparo solicitado por el intendente.

Resta ahora que la Justicia se expida sobre la inconstitucionalidad de las normas emanadas de la sesión nula, y también que se investiguen las conductas en que incurrieron los miembros del bloque opositor en connivencia con la Secretaria parlamentaria de dicho cuerpo legislativo.

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