Solicitan a la SuSePu intervenga por deficiente servicio de Agua de Los Andes

 Solicitan a la SuSePu intervenga por deficiente servicio de Agua de Los Andes

Bloque de Concejales de la UCR del Municipio Capitalino

22.04.2014 – Los concejales Marta Russo, Mirian Burgos, Yolanda Zerpa, y José Luis Sánchez, solicitan a la Superintendencia de Servicios Públicos (SuSePu), aclare las deficiencias registradas en servicio que reclaman miles de vecinos de la ciudad.  

El bloque de concejales de la UCR, por iniciativa de los concejales Marta Russo, Mirian Burgos, Yolanda Zerpa, y José Luis Sánchez presentó un proyecto de Declaración, por lo que solicitan a la Superintendencia de Servicios Públicos (SuSePu), de la provincia de Jujuy, proceda a informar al Concejo Deliberante de San Salvador de Jujuy, cuales son las obras ejecutadas en la ciudad capital, que deberían garantizar y permitir una normal provisión del agua potable, según se desprende de las obligaciones asumidas por el marco regulatorio de la concesión del  servicio público de Agua Potable y saneamiento reglamentado por el decreto 3218-=P-95,  porque a pesar de haber una responsabilidad inexcusable, existen miles de familias que siguen planteando que el servicio que presta Agua de los Andes es rotativo, intermitente, y muy deficitario en  la provisión  regular del líquido vital durante el día.

El servicio de agua potable  es imprescindible, no solamente para la salud de los vecinos, sino que la falta constante del agua, tampoco permite ejecutar obras de mejoramientos para las familias que fueran relocalizadas en alto comedero, generando una zona en riesgo sanitario permanente.

Según trascendió, no existe de parte de  la SuSePu; organismo de fiscalización y control de la empresa Agua de los Andes que tiene concesionada la provisión de agua potable en la provincia de Jujuy ningún tipo de apercibimiento, ni se registra una sanción efectiva sobre la concesionaria Agua de los Andes por las obras que se presentan como deficitarias.

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En reunión mantenida con autoridades de la SuSePu, dirigentes vecinales, y concejales de la ciudad plantearon y solicitaron mayor control y fiscalización de obras, porque el servicio de agua potable al ser deficitario, e intermitente, refleja que las obras no están concluidas o son ineficientes para brindar un servicio óptimo y regular a los vecinos de San Salvador de Jujuy.

Al respecto el Concejal José Luis Sánchez manifestó: -“Junto a mis pares, desde el Bloque de la UCR, nos hicimos cargo de reiteradas críticas, informes y denuncias de miles de vecinos  del sector b4, barrios adyacentes, El Mirador, Primavera, Adep, Atsa, Viviendas del Centro Empleados de Comercio, y distintos asentamientos irregulares, quienes reclaman a la Empresa Agua de los Andes una solución inmediata por  la falta de presión, la provisión intermitente que no alcanza para llenar las cisternas y  los “cortes rotativos” de agua potable que generan un perjuicio permanente en mas de 12.500 usuarios de este importante sector de la ciudad”.

-“pretendemos que la SuSePu nos informe de los avances de las inversiones, financiadas  por la subsecretaria de Vivienda de la Nación, en la  restauración de la cisterna, del barrio  Sargento Cabral, de Alto Comedero, que deberían haber permitido un mejor servicio según los informes técnicos, ya que habría sido conectada a una cañería de 600 mm para regularizar la presión del agua, y terminar los cortes rotativos , que implica un supuesto mejoramiento en la calidad de vida de los vecinos, sin embargo la problemática persiste”.

-“somos conscientes que las deficiencias en este servicio ponen en riesgo sanitario a la zona afectada, además somos un provincia de frontera, por lo cual no debemos  tener puntos vulnerables dada la proliferación de casos de dengue en nuestro vecino país.

-“Por eso esperamos que las autoridades de la SuSepu den una repuesta urgente, entendiendo que Agua de los Andes debe dar una prestación eficiente, como también pretendemos que si se registran incumplimientos a las disposiciones establecidas en el marco regulatorio de la concesión del servicio, los mismos sean penado como corresponde, nuestros vecinos deben estar protegidos”. Concluyó Sánchez.

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Reglamentado por decreto 3218-OP-95 – Aprobación Marco Regulatorio para la Concesión de los Servicios Públicos de Agua Potable y Saneamiento – Anexo A
Artículo 3º – Objetivos – El objeto del presente marco regulatorio es establecer las bases y condiciones que regirán la prestación de los servicios definidos en el artículo 1º. De acuerdo con ello se definen los siguientes objetivos:
a) Garantizar el mantenimiento y promover el mejoramiento y la expansión de los sistemas de provisión de agua potable y desagües cloacales e industriales.
b) Establecer un sistema normativo que garantice la calidad y continuidad del servicio público regulado.
c) Regular la acción y proteger adecuadamente los derechos, obligaciones y atribuciones de los usuarios, del concedente, del concesionario y del ente regulador.
d) Garantizar la operación de los servicios que actualmente se prestan y de los que se incorporen en el futuro en un todo de acuerdo a los niveles de calidad y eficiencia que se indican en este marco regulatorio.
e) Proteger la salud pública, los recursos hídricos y el medio ambiente.
Artículo 28 – Deberes y Atribuciones – Sin perjuicio de los establecidos en el contrato de concesión, serán los siguientes:
a) Realizar todas las tareas y actividades idóneas para la prestación de los servicios indicados en el artículo 1 del presente y para el cumplimiento de las disposiciones de éste marco regulatorio y del contrato de concesión.
b) Preparar planes de operación, mantenimiento, inversión y mejoras y expansión en los términos previstos en el contrato de concesión.
c) Operar, administrar y mantener los bienes e instalaciones afectadas al servicio en las condiciones que se establecen en el presente marco regulatorio y en el contrato de concesión.
d) Elaborar los proyectos y ejecutar por sí o por terceros todas las obras necesarias para el cumplimiento de los objetivos enunciados en los incisos precedentes.
e) Celebrar convenios con personas y entidades municipales, provinciales, nacionales e internacionales, públicas o privadas, para el cumplimiento de sus fines.
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