Perico Noticias, 29 de enero del 2026 // El PJ jujeño entró en modo pausa forzada. La Resolución 02/2026 de los interventores: Aníbal Fernández y Gustavo Menéndez no solo dio de baja “inmediata y total” el proceso electoral interno en curso, sino que además convocó a un nuevo calendario: la interna que estaba prevista para el 15 de febrero queda políticamente desactivada y el partido se encamina ahora al 24 de abril de 2026 como nueva fecha de elección interna.
La decisión no llega sola: viene acompañada de un paquete disciplinario que eleva el conflicto desde la discusión de listas a una disputa de “gravedad institucional”. El texto sostiene que seguir con el cronograma original podía derivar en una conducción nacida de un padrón cuestionado y de afiliados con conductas presuntamente incompatibles con la Carta Orgánica, lo que —según la intervención— “desnaturaliza” el sentido de la conducción política del movimiento en Jujuy.
En esa línea, la resolución abre procedimientos disciplinarios por presunta “grave inconducta partidaria” bajo los artículos 10 y 11 de la Carta Orgánica del PJ Distrito Jujuy, y menciona explícitamente a Carolina Moisés, Rubén Armando Rivarola y Guillermo Raúl Jenefes, además de otros afiliados listados en anexos.
El núcleo jurídico-político está en el artículo 11: la intervención recuerda que un afiliado no puede integrar listas por otros partidos sin autorización del Congreso Provincial, y que ante transgresión “la afiliación quedará suspendida de hecho”. En paralelo, el artículo 10 es invocado como deber de disciplina y acatamiento orgánico.
Pero acá aparece el dato que ordena el “clima interno”: se instrumenta una suspensión temporaria de afiliación, con carácter cautelar, dejando suspendidos derechos partidarios hasta que haya resolución definitiva. Y al mismo tiempo, para blindar el procedimiento, se concede un plazo de 72 horas desde la notificación para descargo y ofrecimiento de prueba, con invocación expresa al debido proceso.
En criollo político: el PJ no está discutiendo solamente una fecha. Está discutiendo quiénes pueden jugar, bajo qué reglas, y si la intervención optará por sanciones efectivas o por una amnistía de hecho que ordene hacia adelante sin detonar hacia adentro. La resolución afirma que la medida es “excepcional, transitoria y saneadora” y que no constituye sanción definitiva por sí sola, pero el mensaje es inequívoco: primero se limpia el tablero, después se vota.
El riesgo de gestión es doble: si abril llega con expedientes abiertos y heridas sin sutura, el partido puede llegar a la interna con más litigio que mística; pero si se clausura el conflicto con un “borrón y cuenta nueva” sin reglas creíbles, el peronismo puede terminar administrando una paz frágil, sin autoridad moral para reconstruir militancia. La pregunta de fondo no es la fecha: es si el PJ Jujuy va a recuperar vitalidad orgánica o va a quedar atrapado en la lógica del control administrativo.
