No solo los problemas, también las autoridades de la SUSEPU serán eternas

 No solo los problemas, también las autoridades de la SUSEPU serán eternas

“Aprovechar la experiencia de los vocales de mirar a otro lado” hubiera sido la justa argumentación para los diputados que convalidaron que las autoridades de la SUSEPU puedan ser reelegidas eternamente. 

21.06.2014 | San Salvador de Jujuy | La Legislatura de la provincia de Jujuy habilitó reelecciones indefinidas para los vocales de la SUSEPU, modificando  la Ley 5242 de creación de la Superintendencia de Servicios Públicos y otras Concesiones (SUSEPU) habilitando la reelección indefinida de los vocales del organismo.

Los diputados del PJ justificaron la reforma esgrimiendo la posibilidad de aprovechar la experiencia de los vocales a cargo, considerando bueno el desempeño alcanzado hasta la fecha.

Tanto la UCR, como el FpJ acompañaron la iniciativa, cayendo en lamentable contradicción con las banderas de FaUnen y el Frente Renovador respectivamente; espacios cívicos que promueven, en el caso del FR  un proyecto de ley en la legislatura de la provincia de Bs As para impedir todo tipo de reelecciones.

Si bién desde la UCR sostuvieron que no se rompía con el principio de la periodicidad, el cual sigue siendo de cuatro años, es evidente que no era necesario modificar el impedimento de impedía la reelección de los vocales.

Otro de los argumentos  increíbles resultó -sostener el buen desempeño del organismo-, el cual deja mucho que desear, ya que no se garantiza el óptimo cumplimiento de los servicios públicos por omisiones y distracciones permanentes de ese organismo, según consta en millares de denuncias registradas en el Defensor del Pueblo, Defensa al Consumidor, la propia SUSEPU y las empresas prestarías de servicios públicos.

Más de 48 hs sin agua potable en importante zona de la ciudad de Perico

En la zona de Santo Domingo, que involucra al B° José Hernández centenas de familias se encuentran desde hace más de 48 hs sin agua potable. Esta problemática se repite constantemente desde hace más de 15 años, tomando nota de la situación en decenas de veces las autoridades de la SUSEPU, organismo que jamás logró que la empresa Agua de los Andes que recauda más de un millón de pesos mensuales en la ciudad, logre superar los problemas inhumanos a que somete a sus usuarios. ¿Esta será la experiencia que esgrimen los Sres. diputados para darles la opción de permanencia eterna a los ineficientes funcionarios que allí se desempeñan?

A modo de repaso, publicamos algunas de las obligaciones que debe garantizar la SUSEPU a los usuarios jujeños:

Reglamentado por decreto 3218-OP-95 – Aprobación Marco Regulatorio para la Concesión de los Servicios Públicos de Agua Potable y Saneamiento – Anexo A
Artículo 3º – Objetivos – El objeto del presente marco regulatorio es establecer las bases y condiciones que regirán la prestación de los servicios definidos en el artículo 1º. De acuerdo con ello se definen los siguientes objetivos:
a) Garantizar el mantenimiento y promover el mejoramiento y la expansión de los sistemas de provisión de agua potable y desagües cloacales e industriales.
b) Establecer un sistema normativo que garantice la calidad y continuidad del servicio público regulado.
c) Regular la acción y proteger adecuadamente los derechos, obligaciones y atribuciones de los usuarios, del concedente, del concesionario y del ente regulador.
d) Garantizar la operación de los servicios que actualmente se prestan y de los que se incorporen en el futuro en un todo de acuerdo a los niveles de calidad y eficiencia que se indican en este marco regulatorio.
e) Proteger la salud pública, los recursos hídricos y el medio ambiente.
Artículo 28 – Deberes y Atribuciones – Sin perjuicio de los establecidos en el contrato de concesión, serán los siguientes:
a) Realizar todas las tareas y actividades idóneas para la prestación de los servicios indicados en el artículo 1 del presente y para el cumplimiento de las disposiciones de éste marco regulatorio y del contrato de concesión.
b) Preparar planes de operación, mantenimiento, inversión y mejoras y expansión en los términos previstos en el contrato de concesión.
c) Operar, administrar y mantener los bienes e instalaciones afectadas al servicio en las condiciones que se establecen en el presente marco regulatorio y en el contrato de concesión.
d) Elaborar los proyectos y ejecutar por sí o por terceros todas las obras necesarias para el cumplimiento de los objetivos enunciados en los incisos precedentes.
e) Celebrar convenios con personas y entidades municipales, provinciales, nacionales e internacionales, públicas o privadas, para el cumplimiento de sus fines.

Perico Notiicas. SUSEPU. AGUA DE LOS ANDES. VERGUENZA.

 

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