Gastó $ 2.200 millones en campaña pero no pagará el medio aguinaldo en fecha

 Gastó $ 2.200 millones en campaña pero no pagará el medio aguinaldo en fecha

El desastre financiero en el que está sumida la provincia hace ahora que el gobierno no pueda pagar el medio aguinaldo tal como lo establecen las leyes. Se pagarán los sueldos, que generalmente se terminan de pagar el día 20 del mes siguiente, y luego recién el medio aguinaldo, si las arcas lo permiten claro. Un informe de PPT denunció que “el gran soñador entrerriano” gastó en lo que fue su frustrada campaña presidencial $2.200 millones.

En el más reciente programa de Periodismo Para Todos (PPT), el periodista Jorge Lanata denunció que Sergio Urribarri durante su frustrada campaña electoral gastó $2.200 millones, obtenidos mediante argucias de fondos que inicialmente estaban destinados a otros propósitos.

PARANÁ (U24 Entre Ríos). El ministro de Economía de la Provincia, Diego Valiero, señaló que el medio aguinaldo al sector público entrerriano se pagará en el mes de julio, una vez que se culmine con el cronograma de haberes. Es decir, el mismo se efectivizaría pasada la mitad del mes entrante, ya que se sabe que el cronograma de pagos se termina generalmente entre el 15 y el 20 de cada mes. Así, Sergio Urribarri «pedalea» los magros ingresos de empleados y jubilados provinciales pagando con retraso.
El ministro indicó también que el pago de los haberes de junio, aunque aún no se conoce el cronograma de pagos, está garantizado, pero que el medio aguinaldo se abonará cuando se disponga de los fondos necesarios para ello. «No tengo aún las fechas, veremos las disponibilidades, y en base a esto lo haremos»,expresó el funcionario.
En el más reciente programa de Periodismo Para Todos (PPT), el periodista Jorge Lanata denunció que Sergio Urribarri durante su frustrada campaña electoral gastó $2.200 millones, obtenidos mediante argucias de fondos que inicialmente estaban destinados a otros propósitos. Muchas de las cuales fueron denunciadas oportunamente por U24 Entre Ríos, tal como lo sucedido con los $460 millones que Urribarri hizo “desaparecer mágicamente” del Presupuesto y que estaban destinados a la construcción de un mega estadio en Paraná, o las obras de la autopista Paraná – Concordia y tantas otras.
Tras la confirmación del gobierno de no pagar medio aguinaldo hasta el mes que viene, cuando haya concluido de abonar sueldos, la dirigente de AGMER, el mayor gremio docente de la provincia,  Alejandra Gervasoni, reclamó al Estado que «lo pague perentoriamente y no dilate la acreditación  de haberes de junio, como viene ocurriendo mensualmente».
Gervasoni ante lo informado por el ministro de Economía, expresó «Repudiamos absolutamente la usencia del cronograma de pago de medio aguinaldo,  y más aún, que el pago se piense para después del cobro del salario, lo cual demuestra que no hay miras del cronograma».
¿Que dice la Ley?
La Ley N°20.744, cuya modificación fue sancionada el 10/12/2014 y promulgada el 9/01/2015, señala:
«El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1° — Modifícase el artículo 122 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744, (t.o. 1976) y sus modificatorias, el que queda redactado de la siguiente forma:
“Art. 122- El sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año.
El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos (2) semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
A fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario, el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de diciembre. Si dicha estimación no coincidiere con el salario efectivamente devengado, se procederá a recalcular la segunda cuota del sueldo anual complementario.
La diferencia, que resultare entre la cuota devengada y la cuota abonada el 18 de diciembre se integrará al salario del mes de diciembre”.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Ante ello, la única pregunta que cabe es la siguiente: ¿Cómo se denomina a los que violan una Ley? Seguramente los lectores sabrán identificar cabalmente cual es ese término.
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