“La SIDE con poder de detención: el DNU que pone al Estado de Derecho en zona roja”

“La SIDE con poder de detención: el DNU que pone al Estado de Derecho en zona roja”

Perico Noticias // La Argentina abre 2026 con una señal de alto voltaje institucional: un DNU firmado el 31 de diciembre reconfigura la arquitectura de la Secretaría de Inteligencia (CIDE/SIDE) y, según lo informado, habilita capacidad de “aprehensión” en determinados supuestos y además permite solicitar apoyo logístico a las Fuerzas Armadas. En un país con memoria larga de abusos, la combinación es explosiva: más poder, más opacidad y menos controles visibles.

La pregunta que ya se instaló —y que en provincias como Jujuy retumba más fuerte porque la gente vive con la soga al cuello— es simple: ¿estamos ante una modernización necesaria o ante un salto temerario hacia un “Estado de excepción” de facto?

Qué cambia y por qué genera alarma

Lo que se difundió sobre el decreto apunta a cuatro movimientos clave:

  1. Centralización y coordinación de inteligencia bajo conducción de la CIDE (integración entre organismos del Estado).
  2. Reorientación del esquema: contrainteligencia más marcada y “fronteras” nuevas con fuerzas federales.
  3. Ciberseguridad: creación/jerarquización de un ámbito nacional, con impacto potencial sobre datos, redes, y vigilancia.
  4. El punto más sensible: la posibilidad de aprehensión por parte de agentes (según se reporta, bajo ciertas condiciones como flagrancia), algo que rompe el molde histórico de lo que se espera de un organismo de inteligencia y abre un agujero negro operativo: ¿cómo se identifica un agente? ¿cómo se audita el procedimiento? ¿qué garantías tiene el ciudadano en la calle?

Si el espíritu fuera “eficiencia”, la solución institucional razonable sería otra: más coordinación judicial, más capacidades investigativas técnicas, más tipificación de ciberdelitos, más control parlamentario, no la habilitación de un poder coercitivo que —mal usado— se vuelve intimidación política.

¿Dictadura? La palabra que algunos apuran… y el riesgo real

Llamarlo “dictadura” hoy puede ser prematuro en términos jurídicos estrictos. Pero hay algo que sí es real y tangible: la erosión del Estado de Derecho no suele empezar con tanques; empieza con decretos, zonas grises y funcionarios que dicen “es por seguridad”.

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El problema no es solo “qué dice” el DNU: es qué habilita en la práctica cuando:

  • el agente opera con reserva,
  • el ciudadano no puede verificar identidad,
  • la cadena de custodia y el control judicial quedan difusos,
  • y la política usa “amenazas” como argumento comodín.

Ahí aparece el riesgo mayor: un Estado temerario, donde la excepcionalidad se vuelve rutina.

¿Puede el Congreso frenarlo?

Sí. Y este punto es central para no caer en fatalismo: los DNU tienen un circuito de revisión parlamentaria. En Argentina interviene la Comisión Bicameral y luego las Cámaras pueden pronunciarse. La norma de trámite de DNU (Ley 26.122) regula ese proceso.

En criollo: si el Congreso decide jugar su rol, puede marcarle límites políticos e institucionales a la expansión del poder de inteligencia.

Desde Perico y el NOA: por qué esto importa todavía más

En el NOA, donde el tejido social está tensionado por tarifas, caída del consumo y empleo frágil, cualquier salto de “poder discrecional” se vive distinto. Porque cuando la heladera manda y la bronca crece, la protesta aparece. Y cuando la protesta aparece, el Estado decide si contiene con política o responde con aparato.

La Argentina no necesita una SIDE “con músculos” para la calle: necesita un Estado con cabeza, con legalidad, con controles, y con una brújula ética que hoy se percibe floja.

Lo mínimo exigible (si de verdad el objetivo es seguridad)

Si el Gobierno insiste con este diseño, la sociedad debería exigir como piso:

  • Reglas públicas y taxativas sobre cuándo y cómo se puede aprehender.
  • Identificación verificable (aunque se preserve reserva operativa en ciertos casos, debe existir mecanismo inmediato y auditable).
  • Control judicial rápido y obligatorio, sin atajos.
  • Auditoría externa y parlamentaria real, con reportes y trazabilidad.
  • Prohibición expresa de uso político y sanciones concretas si se cruza esa línea.
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Porque si no, el mensaje es otro: “te puedo tocar el timbre del miedo cuando quiera”.

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