En Monterrico, el Estado de Derecho dejó de ser una promesa para convertirse en papel mojado. El Concejo Deliberante —con mayoría alineada a Nilson Ortega— volvió a vaciar de quórum una sesión especial y, pese a existir una resolución jurídica que ordena la inmediata asunción de María Almazán, la concejal reconocida por la Justicia sigue impedida de asumir. No es un traspié reglamentario: es desobediencia judicial sistemática y una grave alteración del orden institucional.
Qué está pasando (y por qué es gravísimo)
- Hay un mandato judicial firme que reconoce a María Almazán en la banca y ordena su asunción inmediata.
- Concejales Ariel Batallanos y Berenice Ibarra —de la tropa de Ortega— no se presentaron a la sesión convocada, impidiendo el quórum.
- La maniobra frustra el cumplimiento de un mandato judicial y extiende el daño: Almazán está a un mes de concluir el período para el que fue elegida sin haber podido ejercer. Ella lo sintetizó: “El daño es irreparable.”
Desde el prisma jurídico, la conducta encuadra en desobediencia a una orden judicial, con derivaciones administrativas, políticas, civiles y penales.
Las cuatro responsabilidades en juego
- Responsabilidad institucional
La Constitución provincial y la ley orgánica de municipios habilitan a la Legislatura a intervenir el Concejo cuando exista grave alteración del orden institucional o inobservancia manifiesta de decisiones judiciales. Monterrico cumple ambos supuestos: sentencia firme ignorada + bloqueo deliberado del funcionamiento legislativo. - Responsabilidad político-administrativa
La desobediencia funcional a una sentencia y la parálisis deliberativa constituyen incumplimiento de los deberes de funcionario público. Procede apertura de sumarios, suspensión e incluso destitución por juicio político de los ediles que obstaculizan el mandato judicial. - Responsabilidad civil y patrimonial
Frente al incumplimiento, los jueces pueden aplicar astreintes (multas personales, diarias y crecientes) y activar ejecución forzada. Si el municipio paga, opera la acción de repetición contra los funcionarios responsables: el bolsillo del contribuyente no debe financiar la rebeldía. - Responsabilidad penal
Desobediencia judicial (art. 239 CP) y, según el caso, abuso de autoridad (art. 248 CP). La remisión de compulsas al Ministerio Público es el paso siguiente si el desacato persiste.
Por qué “no dar quórum” no los salva
El reglamento interno no es un fuero de impunidad. Cuando existe orden judicial específica, no hay margen discrecional: hay que cumplir. El ardid del “no quórum” configura fraude a la ley (usar una regla de funcionamiento para neutralizar una sentencia). La doctrina y la jurisprudencia son claras: la autonomía municipal no ampara la ilegalidad.
Qué puede (y debe) pasar ahora
- Ejecución inmediata de la sentencia: nueva convocatoria bajo apercibimiento de ingresar con auxilio de la fuerza pública si hiciera falta, y toma de juramento in situ.
- Astreintes personales a los ediles renuentes, con embargo preventivo.
- Compulsa penal por desobediencia y apertura de sumarios por incumplimiento de deberes.
- Pedido formal de intervención del Concejo a la Legislatura hasta regularizar la integración y el funcionamiento.
- Control externo (Tribunal de Cuentas/órgano de control) sobre viáticos y dietas de quienes cobran sin trabajar.
El costo democrático del atropello
Cada día que pasa sin que Almazán asuma, se roba representación a la ciudadanía y se erosiona la legitimidad del sistema. Se fuerza a la concejal a renunciar a su empleo, se la somete a pérdida de ingreso, y se la priva de ejercer un mandato popular respaldado por la Justicia. No es política: es vulneración de derechos.
Monterrico enfrenta un punto de no retorno. O se reinstala el imperio de la ley con la asunción inmediata de María Almazán y la sanción a quienes desacatan, o el Concejo quedará intervenido por decisión de la legislatura a donde Almazán recurrirá, como a la justicia nuevamente por una razón obvia: sin Justicia no hay autonomía; sin cumplimiento de sentencias no hay República. La impunidad no es una opción: es el delito continuado de un poder que se cree por encima de la Constitución.
