Nación dispuso el libre acceso a divisas para compañías importadoras de fertilizantes

Así lo dispuso -tal como habían adelantado la semana pasada las autoridades del Banco Central (BCRA)- la Comunicación «A 7042» del BCRA -publicada hoy en el Boletín Oficial-, que exceptuó del cumplimiento de la Comunicación «A 7030» a las operaciones de importaciones de fertilizantes (el capítulo 31 íntegro de la Nomenclatura Común del Mercosur).

La Comunicación «A 7030» había dispuesto que las empresas que cuenten «con activos líquidos originados en la formación de activos externos deberán disponer primeramente de esos recursos para el pago de obligaciones con el exterior», además de implementar permisos adicionales para gestionar la obtención de divisas destinadas a abonar importaciones. Tal medida provocó dos semanas atrás la suspensión de la venta de fertilizantes en plena siembra de trigo y cebada.

La cuestión es que, además de la excepción de los fertilizantes, la Comunicación «A 7042» flexibilizó los condicionamientos cambiarios establecidos por la Comunicación «A 7030».

Por ejemplo, se determinó que quedarán fuera del concepto de formación de activos externos líquidos un saldo de libre disponibilidad por 100.000 dólares y fondos que no pudiesen ser utilizados por el cliente por tratarse de fondos de reserva o de garantía constituidos en virtud de las exigencias previstas en contratos de endeudamiento con el exterior o de fondos constituidos como garantía de operaciones con derivados concertadas en el exterior.

Además se procedió a elevar de 250.000 a un millón de dólares el acceso directo al mercado único de cambios para la realización de pagos anticipados de importaciones, de manera de no entorpecer las compras en el exterior realizadas por Pymes.

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