Ordenan suspender la ordenanza que prohibía el azúcar en los bares de Córdoba

Razón por la cual le ordenó a la Municipalidad de Córdoba que disponga la inmediata suspensión de la aplicación de la ordenanza que prohibía el azúcar en las mesas de los bares de esa ciudad “hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”, indica la medida.

Según la resolución, “la ordenanza municipal invade esfera propia del gobierno federal, violando así los artículos 31, 75 inc. 13, 18, 32 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional”. Asimismo que «el Municipio de Córdoba legisló como si tuviera facultades exclusivas, tanto en la información al consumidor, como en la publicidad, en al etiquetación, comercialización, producción, etc; invadiendo competencia del Estado Federal y de la Provincia en clara transgresión de los arts. 5 y 31 de la Constitución Nacional», agrega.

La decisión de la justicia federal fue recibida con satisfacción por el sector cañero del NOA que había calificado a la ordenanza dispuesta por el Consejo Deliberante de la Ciudad de Córdoba en el mes de septiembre como “discriminatoria al azúcar con argumentos infundados y oportunistas”. Asimismo que la iniciativa atentaba contra el desarrollo de la principal industria de la región NOA  al restringir el uso, exhibición y disposición de un producto típico, tradicional e histórico de la industria nacional argentina.

En un comunicado el Centro Azucarero Argentino también había considerado que “la medida, adoptada de manera vertiginosa y sin agotar las necesarias consultas a fuentes responsables, se asimila más a la búsqueda de un oportunista rédito político que a soluciones o paliativos para la problemática de las enfermedades no transmisibles como la obesidad, el sobrepeso y la diabetes”. Y que “el Concejo Deliberante de la Ciudad de Córdoba había excedido sus facultades al establecer que los productos se deberán identificar de forma clara con la leyenda -Libre de azúcar- o -0 azúcar- en su etiquetado, lo que es de competencia de la Nación. Considerando que, en ese caso, por una cuestión de transparencia, corresponde informar al consumidor qué sustituto se ha empleado para endulzar el producto libre de azúcar”, aseguró.

 

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