El Gobierno mejorará las condiciones laborales del personal de salud
Rondas de consultas por sistema alternativo de transporte
De acuerdo al proyecto, quedará sujeto en este régimen excepcional y transitorio todo aquel que dentro del ámbito provincial se encuentre realizando, desde fecha anterior al 15 de octubre del 2015, transporte alternativo intermunicipal compartido de personas por automotores con carácter oneroso. Asimismo, contempla la creación en la órbita de la Secretaría de Transporte de la Provincia de Jujuy el «Registro Provincial de Prestadores de Transporte Automotor Compartido Intermunicipal de Personas (RePPTACIP)», con el objeto de habilitar a las mencionadas personas, y registrar todos los antecedentes que la presente ley y su reglamentación dispongan, a fin de regularizar su situación mediante la obtención de un permiso nominativo e intransferible.
Por otra parte, entre otras disposiciones establece que la organización y funcionamiento del RePPTACIP y del sistema de fiscalización, seguimiento, registro de antecedentes de prestación de servicio, sistema de premios y castigos, prohibiciones, reincidencia y sanciones, así como régimen de caducidad, abandono del servicio, cancelación o quita de habilitaciones, será reglamentada mediante resolución de la autoridad de aplicación (Secretaría de Transporte), y todos los antecedentes obligatoriamente registrados en el mismo serán considerados cuando cada permisionario habilitado gestione el pedido de renovación anual del permiso.