La muerte de un joven tras un puntazo en el cuello en plena ciudad de Perico no es solo la crónica policial de una pelea entre bandas. Es, sobre todo, la radiografía brutal de un Estado ausente: un chico tirado en el piso, sangrando durante más de 40 minutos, decenas de llamados al 107 que se cortarían sin respuesta, una brigada que llega tarde y una familia que denuncia golpes e insultos policiales. Cuando un ciudadano muere así, no falla solo el cuchillo: fallan las instituciones.
Según relatan familiares y testigos, tras la gresca nocturna entre grupos de jóvenes, uno de ellos recibió una puñalada en el cuello y quedó tendido en la calle. Desde ese momento se habrían multiplicado las llamadas al SAME/107, sin que la ambulancia apareciera a tiempo. El joven finalmente murió desangrado en el lugar. En paralelo, la Brigada de Investigaciones habría demorado más de 40 minutos en llegar, y familiares denuncian además maltrato físico por parte de efectivos policiales. La justicia tendrá que corroborar cada uno de estos extremos, pero si se confirman, estamos ante un escándalo institucional de primera magnitud.
En términos penales, el agresor que clavó el arma blanca enfrenta, como mínimo, una imputación por homicidio simple, con penas de 8 a 25 años de prisión según el artículo 79 del Código Penal. Pero la pregunta que se hace hoy Perico no es solo qué pasará con el autor del puntazo, sino quién responde por todo lo que vino después: la demora, la ausencia, el destrato, la sensación de “zona liberada” en un sector que los vecinos ya identifican como conflictivo.
El Estado —a través del servicio de emergencias— tiene una obligación jurídica clara: asistir de forma rápida y eficaz a una persona en peligro grave. Cuando un sistema de ambulancias no contesta, corta llamados o llega tarde sin causa razonable, puede configurarse una “falta de servicio” que genera responsabilidad del Estado por omisión, tal como viene reconociendo la jurisprudencia en múltiples contextos. Si la justicia comprueba que el SAME/107 de Jujuy tuvo un funcionamiento negligente o despreciativo frente a los reiterados pedidos de auxilio, no solo cabe una investigación administrativa: podría analizarse abandono de persona seguido de muerte (art.106 CP) o, al menos, homicidio culposo por omisión para quienes tenían el deber específico de actuar.
La Policía de la Provincia de Jujuy, por su parte, no puede refugiarse en el clásico “llegamos cuando nos avisaron”. La fuerza tiene el deber de prevención y de respuesta rápida. Si se trata de una zona ya identificada por peleas reiteradas, consumo de alcohol y enfrentamientos, la previsibilidad del riesgo es alta y la obligación de patrullaje y presencia se refuerza. Una “zona liberada” no es una categoría jurídica, pero muchas veces es la forma popular de nombrar algo muy concreto: incumplimiento de deberes de funcionario público (art.248 CP) cuando quienes tienen el poder y la obligación de proteger miran para otro lado.
A eso se agrega un dato aún más grave: familiares denuncian haber sido maltratados físicamente por personal policial mientras intentaban auxiliar a la víctima. Si esto se confirma, ya no se trata solo de una policía ausente, sino de una policía que agrede. El Código Penal castiga a los funcionarios que incurren en apremios ilegales o vejaciones, en especial cuando hay abuso de fuerza sobre personas vulnerables o en shock por la muerte de un ser querido. No hay protocolo que justifique golpes a una madre o a un hermano que grita desesperado sobre un cuerpo que se enfría.
En el plano político y de cadena de mando, la responsabilidad no termina en el operador del 107 ni en el oficial de guardia. El Ministerio de Salud debe explicar cómo está organizado el sistema de emergencias: dotación de ambulancias, tiempos de respuesta, capacitación del personal y protocolos para incidentes con riesgo de vida. El Ministerio de Seguridad, a su vez, tiene que dar la cara por la demora policial, el diseño de patrullajes, la presencia (o ausencia) de móviles en las zonas críticas y el tratamiento que reciben las víctimas y sus familias. No es un problema de “un par de malos agentes”; es un sistema entero que, esa noche, falló.

El municipio de Perico tampoco puede lavarse las manos. Si bien la seguridad y la salud son competencias principalmente provinciales, el gobierno local tiene herramientas de prevención: ordenanzas sobre nocturnidad, control de puntos de venta de alcohol, cámaras urbanas, corredores seguros, articulación con la policía y campañas de prevención de violencia juvenil. Cuando un barrio se vuelve escenario recurrente de peleas, cuchillos y sangre, el intendente y su gabinete tienen la obligación política de intervenir mucho antes de que un chico muera en la vereda.
¿Qué hace falta ahora? Una investigación seria, independiente y transparente. Que la fiscalía no se limite a caratular “homicidio” contra el agresor, sino que abra causas paralelas por abandono de persona, homicidio culposo e incumplimiento de deberes de funcionario público allí donde la prueba lo permita. Que se secuestren y hagan públicos los registros de llamadas del 107, los tiempos exactos de despacho y llegada de la ambulancia, los libros de guardia de la comisaría y las comunicaciones internas de la policía esa noche. Que intervengan Asuntos Internos y los organismos de control sanitario. Sin oscurantismo ni pactos de silencio.
Porque si un pibe puede morir desangrado durante casi una hora en plena ciudad, después de que vecinos hicieran “todo lo que había que hacer” —llamar, pedir ayuda, gritar— y aun así el Estado no aparece, entonces no estamos ante un hecho aislado: estamos ante un sistema que no está cumpliendo su razón de ser más básica. Perico no puede acostumbrarse a ver charcos de sangre en el asfalto y patrulleros que llegan tarde. Justicia no es solo encarcelar al que apuñaló: es también señalar con nombre y apellido institucional a todos los que, por acción u omisión, dejaron que la muerte hiciera su trabajo.

Hay, además, un actor político que no puede seguir mirando para otro lado: el Concejo Deliberante de Perico. Los concejales no están para cortar cintas ni sacarse fotos; su función constitucional es controlar al Ejecutivo, dictar normas y garantizar un marco de orden y protección para los vecinos. Frente a una muerte en estas condiciones, están obligados a elevar pedidos de informe formales al municipio, al SAME y a la Policía, convocar a funcionarios a dar explicaciones públicas y, si hace falta, impulsar ordenanzas que reformen de raíz los sistemas de control urbano, nocturnidad y articulación con emergencias. Si no lo hacen, si optan por el silencio cómodo o la complicidad política, dejan de ser representantes del pueblo para convertirse en parte del problema: serán co-responsables de cada nueva tragedia que ocurra en una ciudad donde el descontrol ya se cobra vidas.
(Imagen de portada: Perico Investiga)
