Concejales incursionan en rumbos desconocidos: Probidad y Honestidad

 Concejales incursionan en rumbos desconocidos: Probidad y Honestidad

Los padres de Pinocho y Lázaro Báez

El CD de Perico aprobó una declaración de inhabilidad para acceder al desempeño de cargos públicos, con el objeto de garantizar la transparencia, la honestidad y la probidad en el ejercicio de la función pública; objetivos morales desconocidos hasta hoy por la mayoría en ese recinto.

Ciudad de Perico. 08.11.2013

En la jornada de ayer, el CD de Perico, por seis votos contra uno, se aprobó una ordenanza por la cual se amplían las restricciones para ejercer cualquier cargo en la función pública, con el objeto; dice el argumento: …de garantizar la moralidad, honestidad y probidad en el ejercicio de la función pública municipal, ratificando y complementando preceptos estipulados en la carta orgánica municipal…; también señala en los considerandos; …la norma tiene por objeto impedir que aquellos ciudadanos deshonestos desempeñen cargos públicos

Para la ciudadanía de Perico los argumentos presentados por el oficialismo resultaron desopilantes; hubo vecinos que al escuchar las fundamentaciones perdieron el apetito el resto del día.

Lo más insólito, fue que los concejales del oficialismo y quienes acompañaron la ordenanza (UCR); aseguran que la nueva  norma garantiza la transparencia, sujetando tal resguardo a la presentación de una Planilla de Antecedentes Policiales sin la cual no habría condiciones para asumir u ocupar un cargo; arrogándose además facultades en la interpretación de la documentación requerida por encima de la CN y la CP.

Perico es testigo a diario, que en esa ciudad se puede ser deshonesto y poseer sin embargo una Planilla de Antecedentes Policiales intacta; ya que la honestidad y la probidad, son virtudes  que no se miden solo con la planilla de antecedentes, ni con todas las condiciones que expresa el artículo 35 de la carta orgánica; el cual establece como inhabilidad; … no podrán ser concejales: los condenados por delito, los fallidos o concursados civiles, mientras no hayan sido rehabilitados, los inhabilitados para el desempeño de cargos públicos, los miembros de las fuerzas armadas y de seguridad, los que no puedan ser electores, los deudores de la Municipalidad y sus garantes o fiadores que, condenados por sentencia firme no hayan abonado su deuda, los incapacitados legalmente, los deudores del fisco por malversación o defraudación, los que estuvieran interesados en un contrato oneroso con la Municipalidad como obligados principales o fiadores

Previo al tratamiento del proyecto, el oficialismo instaló en la ciudad a través de los medios pautados, el proyecto como la consecuencia de un pedido de informe que hiciera el Sr. Carlos Antar, quien solicitó meses atrás al CD que investigue las actuaciones del Ex Administrador de la Finca El Pongo Walter Cardozo en su desempeño, como también por su rol de Presidente del Centro Vecinal del Barrio Libertad; imputaciones mediáticas sin resolución jurídica alguna, que  enardeció al sector opositor, creando un clima áspero para la convivencia, en un claro y vergonzoso acto de irresponsabilidad; ya que se gestionaron  fallidamente las declaraciones de profesionales del derecho para opacar la llegada al Concejo Deliberante del candidato del Partido Esperanza, Dignidad con Justicia Social, sin obtener adhesiones para ejecutar tan temeraria maniobra.

La paja en el ojo ajeno

Pero, más allá de las claras intenciones políticas de descrédito, los concejales que aprobaron la norma, podrían ocupar su tiempo en tareas más dignas para el espacio que le confió la comunidad, ya que existe una Carta Orgánica que, claramente señala las inhabilidades para el desempeño como concejal en esa ciudad, donde una Planilla de Antecedentes Policiales es inherente a la acreditación formal, ya que no pueden obtener esa calidad  …los condenados por delito, los fallidos o concursados civiles, mientras no hayan sido rehabilitados… Artic. 35° CO.

El montaje que se pergeñó para instalar a uno de los electos concejales como un transgresor de la ley (causa iniciada en el año 1999), sin que jamás la justicia haya siquiera sometido a Cardozo a Juicio, habiendo asumido dos veces como concejal por el PJ, siendo designado por el Gobierno de la Provincia para importantes cargos públicos, habiendo obtenido de los informes de las auditorías realizadas por el propio oficialismo el visto de excelencia en el desempeño; dejan a los impulsores como los detractores del sistema republicano, donde empleados municipales se prestaron para insultar y atacar físicamente la figura de un representante ungido por la voluntad popular. Al episodio llegó el dirigente vecinal y deportivo Marcos Ortega, quién asumió que el realizó la denuncia hace 14 años, por instigación de referentes políticos que pretendían castigar en esos tiempos a Cardozo por salirse de la línea política que ellos controlaban.; señalando que argumentaron débil mente una supuesta malversación de fondos, connotación impuesta por los autores intelectuales de la chicana política creada en aquel momento.

En uno de los pasajes del desarrollo de la sesión en el CD, la Concejal Karina Dibi (UCR) pidió que se quitara el artículo 5° de la ordenanza en tratamiento, porque refería a la honestidad, virtud moral que la consideraba demasiado amplia, por lo cual era conveniente suprimir ese artículo …será también causal de exclusión para la ocupación de cargos públicos en el Gobierno Municipal de la Ciudad de Perico, el haber incurrido en conductas deshonestas y/o delictivas en otras jurisdicciones, de cuyos actos se tengan la debida acreditación policial o judicial  cuando claramente, el artículo podía recaer en otro concejal electo del FpV, según denunció en la sala la concejal Mireya Sosa, refiriéndose expresamente al Sr. Miguel Cheín quién se desempeñó en otro Municipio. Por lo cual, la  sugerencia no remitía al concepto de Honestidad, ya que toda la argumentación previa está referida a esa cualidad en la conducta humana, por lo cual quedó como un intento de protección de parte de la UCR al electo concejal del FpV, Sr. Ramón Miguel Cheín.

Y por casa como andamos?

Código Penal Argentino: Abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos

ARTICULO 248. – Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.

 (Artículo incorporado por art. 5° de la Ley N° 25.890 ETICA EN LA FUNCIÓN PUBLICA  B.O. 21/5/2004)

ARTICULO 249. – Será reprimido con multa de pesos setecientos cincuenta a pesos doce mil quinientos e inhabilitación especial de un mes a un año, el funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto de su oficio. (Omiten permanentemente presentar sus DDJJ)

Capítulo VIII

Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas

ARTICULO 265. – Será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo.

Médico cúrate a ti mismo

El Concejo Deliberante de Perico es responsable de la omisión reiterada del intendente de las rendiciones de cuentas anuales, paso administrativo fundamental para preservar la transparencia en un sistema republicano; son responsables que el Municipio se maneje administrativamente sin presupuesto, ni ordenanzas actualizadas de regulen los impuestos locales, desordenes que afectan gravemente la equidad y el control público de los aportes de los ciudadanos de Perico; son responsables que en Perico no se ejecute la Ley de Medios que fomenta nuevos empleos censurando la libertad de expresión, violando la CN; son responsables de no presentar jamás las declaraciones juradas pertinentes según la regularidad y condiciones exigidas por la oficina Anticorrupción, asumiendo que este mecanismo evita el enriquecimiento ilícito;  son responsables de promover el monopolio de la obra pública bajo la tutela de un nuevo conductor político, son responsables que el Municipio subsidie a una empresa con el pago de 14 operarios y personal administrativo $800.000,00 anuales que siendo empleados municipales se desempeñan en una empresa de obras públicas que realiza hasta la reparación de un bache en la ciudad, la que llego a cobrar por tapar un pozo $60.000, son responsables de los pagos que realiza el municipio por gastos de empleados a las contratistas del Canal Intervalle, son responsables de la omisión del control de la compra de un camión y 50 carritos de recolección de basura (Programa por un Perico más Limpio) no justificando hasta la fecha un faltante de $1,700.000,00, son responsables de más de 50 pedidos de informes no contestados, pero jamás investigados en la justicia por más de 20 comisiones de delitos administrativos; uno de ellos denunciado por el propio concejal Manuel Hugo Farfán cuando militó en la vereda del Frente (Azul Grana), cuando señaló a Ficoseco por enriquecimiento ilícito y falta de rendición de cuentas.

Los concejales que ahora argumentan probidad y honestidad son  los  que dijeron al pueblo de Perico que cobraban $12.000 pesos por sus dietas; pero ocultaron que  percibían $19,000 de básico desde enero del 2013; ellos hablan de HONESTIDAD, y mas aún, ahora legislan al respecto…sin embargo tienen planillas de antecedentes policiales limpitas; Hecha la ley, hecha la trampa.

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