El Partido “Quiaqueños” promueve “reforma de la Justicia en Jujuy”

 El Partido “Quiaqueños” promueve “reforma de la Justicia en Jujuy”

El Concejal Miguel Ángel Tito del Municipio de la Quiaca  emprendió una cruzada para abrir el debate de la reforma de la Justicia en la provincia de Jujuy, en el marco de propuestas que se impulsan desde el sector oficial y la UCR.

19.03.2015 ||Miguel Ángel Tito, junto a sus pares y vecinos, emprendió la socialización de una propuesta de modificación  del sistema judicial basado en el respeto por el actual sistema representativo adoptado por la CP, la apertura de la carrera judicial en un marco de equidad y oportunidades;  la re jerarquización del poder legislativo en términos de participación  de la constitución del poder judicial como órgano autónomo, pero con fuerte control.

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Concejal Miguel Angel Tito – La Quiaca

La visión del Partido “quiaqueños” proyecta erradicar la dependencia del Poder Judicial del PE, aspecto negativo en que derivó el órgano de la justicia, cuya falencia debilita el sistema republicano, tomando las características de un régimen, por lo cual debe primar la voluntad de los jujeños para corregir el sometimiento del mismo, reencauzándolo en la refundación de la división de los poderes.

Todas las sugerencias, enunciadas desde el Partido Municipal “Quiaqueños” recomiendan la Reforma de la Constitución de la Provincia de Jujuy,  con lo que instalan el principio del debate para abordar temas sensibles al pueblo de Jujuy, como el acceso a la Justicia, su independencia y límites al abuso de poder.

SOLICITADA

AL PUEBLO DE JUJUY

El Partido Municipal “Quiaqueños”, el Concejal Miguel Angel Tito, Concejales de nuestra ciudad y siguen firmas; estamos convencidos que es necesaria la

“Reforma de la Constitución de la Provincia”, para incorporar a la misma un proceso de selección, designación y juzgamiento de jueces, fiscales y defensores, que permita que cualquier abogado “hijo de vecino” pueda acceder a dichos cargos y que garanticé la participación de toda la ciudadanía, “ÚNICA DESTINATARIA DEL SERVICIO DE JUSTICIA”.

Si como eje central  de la Reforma Constitucional, no se trata la reforma de la justicia, que permita  la División de los Poderes, que todos los ciudadanos sean iguales ante la ley, que se respeten los derechos, que exista democracia y libertad, se está´“Mintiendo al Pueblo de Jujuy”, con posturas teñidas de “gatopardismo” e “hipocresía”.

En orden de ello proponemos que se incorpore a la Constitución:

a)     Que los Jueces del Superior Tribunal de Justicia, sigan siendo propuestos por el PE, conservando dicha facultad, con acuerdo del Poder Legislativo, pero en este caso, la nueva Constitución debe establecer que el PE antes de remitir su propuesta, deberá publicar durante 30 días, el nombre del o de los propuestos para que la ciudadanía, pueda manifestar su oposición, de modo similar al decreto N° 222 dictado por el Presidente Néstor Kirchner.

Cumplido el plazo el PE remitirá a la Legislatura el nombre del; o  los propuestos y las oposiciones si las hubiera, para que los representantes del pueblo en audiencia Pública den o no, el acuerdo.

b)    JUECES INFERIORES: Producida la vacante de jueces, fiscales, defensores. El Poder Legislativo, deberá llamar por los medios de prensa a cubrir los cargos durante 10 días, para que dentro del plazo de 30 días los interesados se presenten ante la Comisión que corresponda y acrediten que reúnen los requisitos, que deberá establecer la nueva Constitución.

 

Una vez vencido el plazo, para la presentación de los candidatos, la comisión convocará a la ciudadanía para que en el plazo de 30 días, presenten por escrito objeciones a los postulantes .Vencido el plazo de oposición  se convocará a una Audiencia para resolver las impugnaciones, con los impugnados presentes los que tendrán voz pero no voto.

 

Finalmente en dicha audiencia la comisión analizará las objeciones, y resolverá si las rechaza o acepta y en este último caso elevará a la Asamblea Legislativa la que convocará a una audiencia pública para debatir sobre los propuestos, la cual finalmente aprobará o rechazará la propuesta de la comisión y remitirá al PE para su aprobación o la vete fundadamente.

 

c)     Juzgamiento de los Jueces Inferiores: Los jueces inferiores deben ser juzgados igual que los jueces del STJ, por los Representantes del Pueblo en Audiencia Pública, porque si estos le dan acuerdo para ser jueces inferiores  “No existe ninguna  razón  para que estos sean juzgados por jueces o abogados” no elegidos por el voto directo de los ciudadanos como ocurre con la constitución vigente.

 

Finalmente nos oponemos a la creación del Consejo de la Magistratura simplemente porque este organismo viola los art 1º,45º,54º,121º,122º,y 123º de la Constitución Nacional y los art 1º,2º, 28º, 104º, 123º, 126º,155 y 158º de la Constitución de Jujuy que establecen la forma REPUBLICANA Y REPRESENTATIVA DE GOBIERNO y violan dichas normas constitucionales por lo siguiente, los jueces no son elegidos para ejercer sus cargos por el voto directo de los ciudadanos, y mucho menos son elegidos por el pueblo, los jueces que integran los Consejos de la Magistratura pues se eligen entre ellos.

 

*Reflexión: “Si los Representantes del Pueblo designan a los jueces art 158  CP, también deben tener la facultad de seleccionarlos y  juzgarlos”.

 

PARTIDO  MUNICIPAL “QUIAQUEÑOS”; Concejal Miguel Angel Tito, concejales de la Quiaca y siguen firmas.

 

 

 

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