Inflación semanal se ubicó en el 1,7% y marca desaceleración
Impuesto a las ganacias podría absorber los aumentos

IARAF
Si no se ajustan los mínimos y deducciones y la escala del impuesto a las ganancias, los trabajadores que queden alcanzados por el mismo resignaran a favor del fisco, por mayor presión tributaria efectiva, hasta una tercera parte del incremento nominal que obtengan en paritarias.
CLAVES
Están comenzando a discutirse las paritarias de los diferentes gremios, las cuales como consecuencia de la devaluación y del proceso inflacionario existente, muestran un alto grado de puja distributiva, lo que hace suponer que los acuerdos que se firmen van a contemplar incrementos nominales superiores al 25% o 30%. En este contexto, y con el objetivo de eliminar una variable que genera una incertidumbre adicional en la negociación, sería conveniente que el gobierno nacional proceda a la actualización de los mínimos, deducciones y tramos de escala de cálculo del impuesto a las ganancias de personas físicas, ya que si no se ajustan, se provocará un incremento en la cantidad de trabajadores alcanzados por el tributo y un aumento en la presión tributaria (tasa efectiva) de aquellos que queden comprendidos en el mismo.
La primera consecuencia derivada de la falta de adecuación de los parámetros de cálculo será que una significativa porción de aquellos trabajadores con ingresos netos mensuales para el año 2013 de hasta $ 12.000 (equivalentes a un salario bruto de $ 15.000) que habían quedado exceptuados por la última disposición referida a este tema van a pasar a ser contribuyentes.
La segunda situación será que todos aquellos trabajadores que queden alcanzados por el impuesto sufrirán un incremento de su obligación fiscal más que proporcional al incremento nominal de ingresos y en consecuencia deberán destinar un porcentaje creciente de su ingreso para el pago de este impuesto, viendo entonces mermado el aumento obtenido en la negociación paritaria.
Para poder cuantificar la situación descripta en el punto anterior se ha procedido a efectuar el cálculo de la tasa efectiva del impuesto (entendiendo por tal el cociente que resulta del impuesto y el total de ingresos netos anuales del trabajador) desde el año 2008 hasta el año 2013 y sus probables valores para el año 2014 si no se ajustan los mínimos, deducciones y tramos de la escala del tributo.
INFORME ECONÓMICO Nº 261
9 de Marzo de 2014
Autores:
Nadin Argañaraz
Andrés Mir