Devolución del IVA «Para quiénes y cómo»

El director la AFIP, Carlos Castagneto dio detalles de la devolución del IVA para jubilados, monotributistas y trabajadores registrados con salarios hasta de $708.000. La medida anunciada por el ministro de Economía, Sergio Massa entrará en vigencia este lunes 18 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2023.
Castagneto aclaró que a través del programa Compre sin IVA “queremos generar una conciencia ciudadana, para que se utilice más la tarjeta de débito” y se reduzca el uso del efectivo.
Tope de devolución
La devolución del 21% tiene un tope de reintegro de $18.800 mensuales. El jefe de la AFIP remarcó que es por persona, no por grupo familiar.
Por ejemplo, si en una familia un integrante es trabajador en relación de dependencia y el otro monotributista, ambos tienen el beneficio por separado.
¿Cómo y cuándo se reintegra el dinero?
El reintegro se deposita 48 horas después de la compra, de forma automática y en la cuenta bancaria de la tarjeta de débito asociada.
La devolución del dinero será sobre el total del ticket.
Devolución del IVA: cuáles son los alimentos que entran y cómo calcular el reintegro© Proporcionado por Vía País
Quiénes pueden acceder a la devolución del 21% del IVA
- 7 millones de jubilados y pensionados.
- 2,5 millones de beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
- 2,7 millones de monotributistas de todas las categorías, que no cuenten con otros ingresos.
- 9 millones de empleados en relación de dependencia con ingresos de hasta seis salarios mínimos.
- 440.000 trabajadores del Régimen del Personal de Casas Particulares.
- Qué grupo está exento del reintegro de $18.800
- Autónomos;
- Trabajadores registrados con salarios que superen el piso del Impuesto a las Ganancias. En septiembre es de $708.000 y en octubre pasa a $1.700.000.
- En qué comercios se puede comprar
- Para acceder al reintegro del 21%, las compras se deben realizar en cualquier comercio que venda productos de la canasta básica, como supermercados, almacenes, carnicerías, verdulerías, entre otros.
- Castagneto subrayó que estos negocios deben estar inscriptos en la AFIP. Así, los locales estarán identificados con una etiqueta alusiva al programa “Compre sin IVA”.
- Además, informó que el beneficio aplica para las compras online abonando con tarjeta de débito.
- ¿Qué trámite se debe realizar para acceder al reintegro?
- No se debe realizar ningún trámite, porque los reintegros serán automáticos en todos los comercios que vendan productos de la canasta básica alimentaria y estén debidamente registrados en la actividad formal, es decir, inscriptos en AFIP.
- Qué alimentos entran en la devolución del IVA
- Pan
- Galletitas de agua
- Galletitas dulces
- Arroz
- Harina de trigo
- Fideos
- Papa
- Batata
- Azúcar
- Dulces: dulce de batata, mermelada y dulce de leche
- Legumbres secas
- Hortalizas: acelga, cebolla, lechuga, tomate, zanahoria y zapallo
- Frutas: manzana, mandarina, naranja, banana y pera
- Carnes: asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo y carne de pescado
- Menudos (Hígado)
- Fiambres: paleta cocida y salame
- Huevos
- Leche
- Quesos: queso crema, queso cuartirolo y queso de rallar
- Yogur
- Manteca
- Aceite
- Bebidas no alcohólicas: gaseosas, jugos concentrados y soda
- Bebidas alcohólicas: cerveza y vino
- Sal fina
- Condimentos: mayonesa y caldos concentrados
- Vinagre
- Café
- Yerba